¿Qué abarca la ley contra el lavado de dinero?
¿Qué abarca la ley contra el lavado de dinero?

¿Qué abarca la ley contra el lavado de dinero?

La legislación obliga a los bancos a monitorear las actividades de sus clientes y reportar las consideradas sospechosas, entre otras medidas

Monitoreo financiero

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, promulgada el pasado 16 de octubre, establece que las instituciones financieras deberán monitorear las actividades de sus clientes y usuarios.

Para identificarlos, dichas instituciones deberán requerirles documentos oficiales y adoptar medidas para detectar y reportar posibles delitos.

También estarán obligadas a entregar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) los datos que ésta le solicite.

Aunque las instituciones financieras deberán resguardar la información de sus clientes y usuarios y de las operaciones que realicen de acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, tendrán que conservarla al menos 10 años.

Las actividades vulnerables

La ley define una lista de actividades vulnerables, es decir, aquellas susceptibles de ser utilizadas para lavar recursos y que deben ser vigiladas por autoridades y empresas.

Se considerarán vulnerables, en primer lugar, todas las operaciones que realicen las instituciones financieras y, en segundo, las que puedan efectuar personas morales de otro tipo —compañías u organizaciones— y rebasen cierto monto.

El listado incluye:

  • Préstamos superiores a 100,000 pesos (unos 7,700 dólares).
  • Venta de joyas por más de 100,000 pesos.
  • Expedición de tarjetas de crédito con un gasto mensual acumulado superior a 80,000 pesos (6,150 dólares).
  • Expedición de monederos electrónicos con más de 40,000 pesos (3,000 dólares).
  • Emisión de cheques de viajero por más de 40,000 pesos.
  • Venta de boletos o fichas para juegos de azar por 40,000 pesos.
  • Venta de inmuebles con un precio mayor a 500,000 pesos (38,400 dólares).
  • Venta de vehículos de más de 400,000 pesos (30,700 dólares).
  • Subastas de obras de arte superiores a 300,000 persos (23,000 dólares).
  • Servicios de blindaje por 300,000 pesos.
  • Servicios de custodia y traslado de valores por 200,000 pesos (15,400 dólares).
  • Recepción de donativos superiores a 200,000.

Avisos a Hacienda

Todas las actividades vulnerables de la lista anterior deberán ser reportadas mediante avisos a la Secretaría de Hacienda.

Los avisos deberán hacerse a más tardar el día 17 del mes siguiente a la operación, a través de medios electrónicos y en un formato oficial que posteriormente diseñará la SHCP. Ahí se tendrán que incluir datos del cliente y su ocupación.

Estos avisos tendrán que presentarse una vez que entre en vigor el reglamento de la ley contra el lavado de dinero.

La propia Secretaría de Hacienda tendrá 30 días para elaborarlo después de que la legislación entre en funcionamiento, en junio de 2013. Esto significa que la redacción del documento corresponderá ya al gobierno de Enrique Peña Nieto, cuya presidencia inicia el próximo 1 de diciembre.

Límites al uso de efectivo

La ley impone límites al uso de dinero en efectivo nacional o extranjero y de metales preciosos —oro, plata y platino— en determinadas transacciones.

El documento señala que personas físicas y morales tienen prohibido utilizarlos para:

  • La compra de inmuebles de más de 500,000 pesos (38,400 dólares).
  • El pago de vehículos terrestres, aéreos o marítimos de más de 200,000 pesos (15,400 dólares).
  • La compra de joyas con valor superior a 200,000 pesos.
  • El pago de servicios de blindaje por 200,000 pesos.
  • El traspaso de acciones de más de 200,000 pesos.

En los documentos que registren estas transacciones deberá aclararse en qué forma fueron liquidados los montos correspondientes.

Visitas de verificación

Para comprobar que la ley se cumpla, la Secretaría de Hacienda estará facultada para realizar visitas de verificación a las instituciones financieras o personas morales que lleven a cabo actividades vulnerables.

Las visitas podrán ser sorpresa y en ellas los funcionarios únicamente podrán solicitar la información o los documentos relacionados con las operaciones vigiladas.

El personal de la secretaría podrá pedir datos de actividades hasta con cinco años de antigüedad.

La ley faculta a los funcionarios de Hacienda a solicitar apoyo de las fuerzas de seguridad en caso de considerarlo necesario para efectuar su visita.

Las sanciones

La nueva ley contempla tanto sanciones administrativas como penas por delitos.

Las primeras se derivarán del incumplimiento de avisos ante la Secretaría de Hacienda. A quien incumpla por primera vez se le podrá eximir de multa si el responsable reconoce su falta.

En caso contrario, las sanciones por incumplir con la presentación de avisos u otros requisitos exigidos por la ley van de los 12,000 a los 120,000 pesos (920 a 9,200 dólares) o, si el incumplimiento se considera grave, de los 620,000 a los cuatro millones de pesos (47,700 a 307,000 dólares). También se sancionará a quienes paguen en efectivo transacciones prohibidas.

Los delitos penados son proporcionar datos o documentación falsa a quienes deban presentar avisos a Hacienda, la alteración de documentos, que un funcionario público haga uso indebido de información o que alguien divulgue sin autorización datos sobre los monitoreos o requerimientos que haga la secretaría. Las penas en estos casos van de dos a 10 años de prisión con multas de 31,000 a 125,000 pesos (2,300 a 9,600 dólares).

Fuente: http://mexico.cnn.com/

¿Se puede erradicar el lavado de dinero?

MÉXICO SEGUNDO PAÍS EN LAVADO DE DINERO

Capturan a líder de lavado de dinero de México y Colombia

CUANTO DINERO SE LAVA EN MEXICO ? NARCO LAVADO

¿SON CONFIABLES LOS INFORMES SOBRE LAVADO DE DINERO?

Check Also

Venezuela subasta 440 millones de dólares

Venezuela subasta 440 millones de dólares

CARACAS.— El Centro Nacional de Comercio Exterior convocó el lunes a las empresas de los …