Este 26 de julio entra en vigor el Protocolo de actuación policial para la detención de adolescentes en conflicto con la ley.
Ayer, se publicó el documento en la Gaceta Oficial del DF, que destaca el respeto al principio de interés superior de la infancia y los derechos humanos.
EL UNIVERSAL DF comparte los puntos más importantes de este protocolo de actuación:
1. Indica que un niño o niña es la persona menor de 12 años de edad, y cuando se trate de ésta, la intervención policial será de custodia, que es la medida de seguridad para salvaguardar la integridad personal del menor en tanto se entrega a la Agencia del Ministerio Público especializada.
2. A ellos no se les aplica ninguna de las medidas y técnicas policiales destinadas a utilizarse con adolescentes, que son las personas que tienen entre 12 y 18 años de edad, salvo las relativas a la mera identificación o determinación de edad.
3. En los supuestos de infracción administrativa o conducta tipificada como delito de niñas o niños, la actuación policial se ceñirá estrictamente a la prevención general y a su protección específica, con atención de la aplicación de las normas correspondientes de protección a ellos vigentes en la capital del país.
4. Cuando exista duda de que una persona es niño o adolescente, se presumirá que es niño, y si la incertidumbre es entre adolescente y adulto, se considerará adolescente y se aplicará este protocolo, hasta que se pruebe fehacientemente lo contrario.
5. El documento indica que en los casos que para la detención de adolescentes en conflicto con la ley se requiera el uso de la fuerza, se deberá aplicar lo dispuesto en el capítulo IV del Protocolo, observando los principios de legalidad, mínima intervención, racionalidad, congruencia, oportunidad y proporcionalidad.
Fuente: http://www.eluniversaldf.mx/
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