Le niegan la entrada a un club a su pareja por ser gay
Le niegan la entrada a un club a su pareja por ser gay

Le niegan la entrada a un club a su pareja por ser gay

Tuvieron que pasar 14 meses y medio para que Carla Herrera, empresaria y filántropa chihuahuense, denunciara penalmente al Club Campestre de Chihuahua por discriminación por preferencia sexual y homofobia.

Si procede, ésta se convertiría en la primera denuncia por este delito que se integra y procede penalmente en todo México.

Carla Herrera ganó el Premio al Mérito Cívico 2012 por diversas acciones para apoyar a grupos vulnerables: en 1995 fundó el Centro de Estudios para Invidentes –ella padece ceguera total desde que tenía 10 años-; también fundó el colectivo El Trébol, que fomenta la participación comunitaria de instituciones dedicadas a la educación de ciegos, sordos y personas con síndrome de Down, y de 1998 a 2002 fue tesorera del Consejo Internacional para la Educación de Personas Ciegas y Débiles visuales, con sede en Inglaterra.

Si en septiembre estuvo bajo el ojo público por recibir este premio de manos del secretario de Gobernación, Alejandro Poiré, ahora lo está por primero acudir ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) y después ante la justicia penal por ser víctima de discriminación por parte de una empresa particular, el Club Campestre de Chihuahua.

Los problemas comenzaron cuando Carla, después de contraer matrimonio con Lilia Victoria Aun Caraveo, pidió por escrito al Club que, en su calidad de accionista y socia, se le reconocieran todos los derechos a su esposa.

La normatividad del club estipula que una vez que se exhiba el acta de matrimonio, el o la cónyuge tendrá derecho a gozar de todos los beneficios que se ofrecen.

Pero nada de esto pasó. Los directivos del Club Campestre de Chihuahua le negaron los derechos a su esposa Lilia Victoria.

Carla dice a Animal Político que ella se acercó al club desde agosto del año pasado y tuvo varias reuniones con el comité directivo.

“En una reunión me propusieron una credencial para mi esposa como empleada doméstica, en la cual podía acceder al club con los niños (tienen cuatro), pero no sola. Otra vez me propusieron que pagáramos doble cuota y además una aportación adicional”, explica.

¿Cuál era el argumento del club? “Nos reservamos el derecho de admisión”, dice Carla: “Eso se entiende en una persona nueva que quiere acceder al club, pero no a una persona que toda la vida ha sido socia como ella y que jamás tuvo ninguna amonestación”.

En este tema, Ricardo Bucio, titular de Conapred, explica a Animal Político que es lícito que las organizaciones o empresas estipulen límites, pero “lo que no es lícito es esta perspectiva, que se definan contenidos discriminatorios para tomar la decisión de quién puede o no formar parte” de sus filas.

Carla pudo hacer la denuncia penal porque en Chihuahua la discriminación está tipificada como un delito, así como en otros 13 estados de la República: Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, DF, Durango, Estado de México, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, Tlaxcala y Veracruz.

Antes de tomar la decisión de interponer una denuncia penal contra el Club Campestre de Chihuahua, Carla se acercó al Conapred el 17 de mayo de 2012 para presentar una queja contra la empresa.

Lo que hizo Conapred, explica Bucio, fue seguir un proceso de diálogo con el club, quien no aceptó participar en el proceso de conciliación y tampoco se sometió al procedimiento al que lo invitó el Consejo para llegar a un acuerdo que reparara el daño a Carla y su esposa y que evitara la repetición de los hechos, “que es lo que buscamos siempre que hay un acto de discriminación”.

Lo que sucede es que en este tipo de casos el Conapred está atado de manos. La ley actual no permite, cuando se trata de particulares, que el Consejo tenga injerencia alguna en sus decisiones, por lo que sólo puede emitir recomendaciones y sanseacabó.

Conapred se acercó al consejo directivo del club, pero no obtuvo una respuesta positiva. Lo hizo de nuevo, pero tampoco tuvo éxito.

El caso de Carla Herrera es discriminación porque reúne los tres “requisitos” propios de una conducta discriminatoria, según el Conapred:

*Distinción, exclusión o restricción, es decir, una diferenciación carente de justificación objetiva o razonable.

*La causa, que tiene que ver con la pertenencia a un grupo vulnerado y las referidas en los artículos 1° Constitucional y 4 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en el presente caso, la preferencia sexual de las personas, es decir, algún motivo sustentado en prejuicios negativos o estigmas existentes y en la pertenencia de la persona a un grupo o colectivo.

*El efecto, la vulneración a un derecho.

Carla dice que trató “por todas las formas” no tener que denunciar públicamente y menos de manera penal al Club Campestre de Chihuahua, pero que su actitud la llevaron a tomar decisiones más contundentes.

Carla es honesta. Acepta que no ha sido fácil llevar a lo público su vida privada. También acepta que no puede ponerse un estandarte que no tiene, decir “yo soy defensora de los gays, porque en mi vida he sido activista gay”. No. Esto se trata de los derechos de su familia, su esposa, sus cuatro hijos.

Ricardo Bucio acepta que Carla y su abogado no la tienen fácil, porque “es difícil comprobar la discriminación”. Esto tiene que ver no sólo con hechos, sino también con la percepción y el fundamento por el cual una persona o institución como en el caso del Club Campestre de Chihuahua toma las determinaciones que toma.

“Una cosa es que se pudiera aducir la negación del ingreso y otra cosa es que se pueda probar penalmente el acto de discriminación”, explica Bucio.

El titular de Conapred también denuncia que hace falta información y capacitación en los Ministerios Públicos y el Poder Judicial sobre la normatividad que prohíbe la discriminación, no sólo la Constitución o los Códigos Penales estatales, sino los tratados internacionales.

Bucio dice que las sentencias por discriminación son diferenciadas en cada entidad de la República y a nivel federal, pero que algunas incluyen multas económicas, otras, la privación temporal de la libertad, y unas más, el trabajo comunitario.

La denuncia penal que interpuso Carla Herrera es contra Pedro Ramírez Godínez, Eugenio Vázquez Quintana y Manuel Russek Valles, presidente, vicepresidente y secretario, respectivamente, del Club Campestre de Chihuahua.

Animal Político intentó contactar con el gerente del club, David Hinojo, pero nunca le tomó la llamada.

¿Dónde se reciben más quejas por discriminación?

Ricardo Bucio revela que el Conapred recibe más quejas del Distrito Federal por discriminación, y que, además, siete de cada diez son contra particulares, personas físicas o morales, empresas, escuelas, medios de transporte, medios de comunicación.

“Lo que está diciendo la población es que de donde más ve la posibilidad de que sean discriminados es de particulares, y es lógico en razón de que la mayoría de las interacciones que tenemos las personas cada día las tenemos con instituciones privadas, no con públicas”, explica Bucio.

Ahora habrá que ver en qué termina la denuncia penal de Carla Herrera. Si procede, será la primera denuncia por delito de discriminación que proceda penalmente en todo el país.

Esperó 14 meses y medio: “Ni modo, ya se inició un proceso legal, yo no quería empezarlo, pero vamos para adelante”.

Fuente: www.animalpolitico.com

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