CIUDAD DE MÉXICO, 27 de noviembre.- El Senado aprobó la reforma financiera en la que se crea un catálogo de medidas judiciales para evitar la morosidad o la evasión de pago del crédito recibido de parte de la banca.
Se crean las figuras jurídicas de “radicación de personas” y “retención de bienes”, para que las instituciones bancarias y financieras puedan recuperar préstamos y evitar que se escondan deudores.
También se establece que habrá candados contra prácticas abusivas hacia el cliente, con reglas claras para evitar cláusulas engañosas o el pago de crecientes intereses, así como prohibir las ventas atadas; se fortalecerá a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Las modificaciones al Código de Comercio, contenidas en la reforma, precisan que se busca crear “condiciones más favorables para el acceso a créditos y la ejecución de las garantías, mediante el otorgamiento de mayor certeza jurídica”.
Avalan marcaje a deudores, para tratar de evitar la mora
El Senado pone candados a los abusos contra el cliente y fortalece a la Condusef, en la reforma financiera.
Candados contra prácticas abusivas hacia el cliente, con reglas claras para evitar cláusulas engañosas o el pago de crecientes intereses, así como prohibir las ventas atadas, forman parte de los beneficios que el Senado aprobó como parte de la reforma financiera, la cual, sin embargo, crea un catálogo de medidas judiciales para evitar la morosidad o la evasión de pago del crédito recibido
Así, mientras se fortalece a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), se crean las figuras jurídicas de “radicación de personas” y “retención de bienes”, para que las instituciones bancarias y financieras puedan recuperar los préstamos y evitar que se escondan los deudores.
Advierte que “quien quebrante la providencia de radicación de persona será castigado con la pena que señala el Código Penal respectivo al delito de desobediencia a un mandato legítimo de la autoridad pública, sin perjuicio de ser compelido por los medios de apremio que correspondan a volver al lugar del juicio”.
Las modificaciones al Código de Comercio, contenidas en la reforma financiera, precisan que se busca crear “condiciones más favorables para el acceso a créditos y la ejecución de las garantías, mediante el otorgamiento de mayor certeza jurídica a las partes que participan en la celebración de contratos de financiamiento y la recuperación de los recursos destinados a los mismos, con lo cual se mejorará la actividad crediticia en el territorio nacional y se establecerán las condiciones adecuadas para un mejor y más eficiente desarrollo de negocios”.
Precisa que en los juicios mercantiles únicamente podrán dictarse la “radicación de personas, cuando hubiere temor fundado de que se ausente u oculte la persona contra quien deba promoverse o se haya promovido una demanda”; se “reducirá a prevenir al demandado que no se ausente del lugar del juicio sin dejar representante legítimo instruido y expensado, para responder a las resultas del juicio”.
Detalla que quien solicite la radicación de personas deberá acreditar el derecho que tiene para gestionar dicha medida, que probará mediante testigos o documentos; si la petición de radicación de persona se presenta antes de promover la demanda, el promovente deberá, además, garantizar el pago de los daños y perjuicios que se generen si no se presenta la demanda; el monto de la garantía se determinará por el juez “prudentemente, con base en la información que se le proporcione y cuidando que la misma sea asequible para el solicitante”.
Si la radicación de persona se pide al tiempo de presentar la demanda, bastará la petición del actor y el otorgamiento de la garantía para que se decrete y se haga al demandado la correspondiente notificación. Fuente: El Mexicano