¿CÓMO CALCULAR EL
AGUINALDO?
El aguinaldo es un derecho irrenunciable y una prestación
laboral independiente de las demás prestaciones legales.
Esta
gratificación, se encuentra fundamentada tanto en la
Ley Federal del Trabajo como en la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado.
Según el Servicio Nacional de Empleo (SNE), las dudas más
frecuentes con respecto al
aguinaldo suelen ser: ¿cuántos días de salario corresponden?,
¿cuándo se debe pagar?, ¿en qué forma debe ser pagado?, ¿qué tiempo
se tiene para su cobro?, ¿qué trabajadores no tienen derecho?, ¿qué
salario debe servir de base para determinar su importe?
En este caso, el Comité Nacional Mixto de Protección al
Salario (CONAMPROS), promueve información útil para el ejercicio
pleno de este derecho y la protección al salario de los
trabajadores, también pone un servicio de asesoría individual y
colectiva para la plena vigencia de este derecho.
En estos días, miles de mexiquenses recibirán esta prestación por
parte de sus empleadores, por ello EL UNIVERSAL Edomex, te presenta
una guía práctica en donde podrás calcular tu aguinaldo y conocer
los aspectos más importantes sobre este pago:
Monto mínimo:
Según el artículo 87 de la ley federal, el
monto mínimo es igual a 15 días de salario
Fecha límite de pago:
Antes del día 20 de diciembre de cada año.
Forma de pago:
En moneda de curso legal.
Contratación por honorarios:

No tienten derecho a recibir el pago de aguinaldo
Sanción por incumplimiento:
Multa de 3 a 315 veces el salario mínimo cuando el patrón no pague
oportunamente o lo haga menor a 15 días de salarios.
Trabajadores cuya relación de trabajo termine antes de la
fecha límite de pago del aguinaldo:
-Debe ser pagada la parte proporcional del aguinaldo conforme al
tiempo que hayan laborado en el año calendario.
- La parte proporcional del aguinaldo se calcula dividiendo el
número de días del aguinaldo anual, que otorga la empresa entre los
365 días del año, y multiplicando el resultado por el número de días
que laboró el trabajador en el año, incluyendo los días de descansos
semanales y festivos.
Ejemplo: Un trabajador cuya relación
laboral se dio por terminada antes del 20 de diciembre, laboró
270 días en el año, teniendo un salario de $ 95 pesos diarios
Cálculo de aguinaldo: (15/365)*270*95
15(días de aguinaldo)/365(días del año)= 0.041
0.041x 270(días laborados en el año)= 11.07
11.07x 95(salario
diario)=$1051.65 pesos
Parte proporcional de aguinaldo= $1051.65 pesos
Trabajadores del Estado:
Monto mínimo:
40 días de salario sin deducción alguna, después de un año laborado
Parte proporcional
Para los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicios,
tienen derecho a la parte
proporcional sobre la base de 40 días
Fecha de pago:
50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de
enero del siguiente año. Fuente
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