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¿CÓMO CALCULAR EL AGUINALDO? 

El aguinaldo es un derecho irrenunciable y una prestación laboral independiente de las demás prestaciones legales. Esta gratificación, se encuentra fundamentada tanto en la Ley Federal del Trabajo como en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Según el Servicio Nacional de Empleo (SNE), las dudas más frecuentes con respecto al aguinaldo suelen ser: ¿cuántos días de salario corresponden?, ¿cuándo se debe pagar?, ¿en qué forma debe ser pagado?, ¿qué tiempo se tiene para su cobro?, ¿qué trabajadores no tienen derecho?, ¿qué salario debe servir de base para determinar su importe?

En este caso, el Comité Nacional Mixto de Protección al Salario (CONAMPROS), promueve información útil para el ejercicio pleno de este derecho y la protección al salario de los trabajadores, también pone un servicio de asesoría individual y colectiva para la plena vigencia de este derecho.

En estos días, miles de mexiquenses recibirán esta prestación por parte de sus empleadores, por ello EL UNIVERSAL Edomex, te presenta una guía práctica en donde podrás calcular tu aguinaldo y conocer los aspectos más importantes sobre este pago:

Monto mínimo:

Según el artículo 87 de la ley federal, el monto mínimo es igual a 15 días de salario

Fecha límite de pago:    

Antes del día 20 de diciembre de cada año.

Forma de pago:

En moneda de curso legal.

Contratación por honorarios:
¿CÓMO CALCULAR EL AGUINALDO?
No tienten derecho a recibir el pago de aguinaldo

Sanción por incumplimiento:

Multa de 3 a 315 veces el salario mínimo cuando el patrón no pague oportunamente o lo haga menor a 15 días de salarios.

Trabajadores cuya relación de trabajo termine antes de la fecha límite de pago del aguinaldo:

-Debe ser pagada la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo que hayan laborado en el año calendario.

- La parte proporcional del aguinaldo se calcula dividiendo el número de días del aguinaldo anual, que otorga la empresa entre los 365 días del año, y multiplicando el resultado por el número de días que laboró el trabajador en el año, incluyendo los días de descansos semanales y festivos.

Ejemplo: Un trabajador cuya relación laboral se dio por terminada antes del 20 de diciembre, laboró 270 días en el año, teniendo un salario de $ 95 pesos diarios

Cálculo de aguinaldo: (15/365)*270*95

15(días de aguinaldo)/365(días del año)= 0.041

0.041x 270(días laborados en el año)= 11.07

11.07x 95(salario diario)=$1051.65 pesos

Parte proporcional de aguinaldo= $1051.65 pesos

Trabajadores del Estado:

Monto mínimo:

40 días de salario sin deducción alguna, después de un año laborado

Parte proporcional

Para los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicios, tienen derecho a la parte proporcional sobre la base de 40 días

Fecha de pago:

50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero del siguiente año. Fuente

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