El
Senado aprobó por unanimidad la llamada
Ley Antimonopolios, con la cual se fortaleció la
capacidad de investigación y sanción de la
Comisión Federal de Competencia
(Cofeco) al cambiar su personalidad jurídica y elevar las sanciones,
incluso, hasta con 10 años de cárcel a los infractores de prácticas
desleales “absolutas”.
Este ordenamiento será turnado al
Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la
Federación. La reforma para controlar las prácticas monopólicas, que
atraviesa la
Ley General de Competencia Económica, el Código Penal Federal y
el Código Fiscal de la Federación prevé saltar de una sanción
económica máxima de 85 millones de pesos al cobro de 10% de los
ingresos generados en el mercado nacional por las empresas
responsables.
Pero si un corporativo tiene varias
empresas, la
multa se tasará sobre las ganancias de la empresa específica que
obstaculice la competencia económica en un sector determinado y no
sobre la utilidad neta.
La ley establece sanciones cuando se
acredite “el poder sustancial conjunto”, es decir, cuando dos o más
empresas juntas sean capaces de imponer condiciones en el mercado
sin que los competidores puedan contrarrestar este fenómeno.
También se mantuvo el “factor
sorpresa” en las visitas que realice la Cofeco a los agentes
económicos, sólo en horas hábiles, para evitar la desaparición de
pruebas. Y la acción penal sólo podrá iniciar cuando el órgano
regulador haya concluido la investigación.
El presidente de la Comisión de
Comercio y Fomento Industrial, Eloy Cantú (PRI), que llevó mano en
la discusión legislativa del Senado, aseguró que establecer juzgados
de Distrito —federales en materia de competencia económica— es el
piso para que en el futuro exista un Tribunal Federal de Competencia
Económica.
Este tema, anunció, se trabajará en
conferencia con las comisiones de la Cámara Baja para lograr que en
seis meses se cuente con el andamiaje institucional necesario.
Mientras que el perredista Pablo
Gómez dijo que si el gobierno federal continúa instalado en una
visión que protege a los monopolios no habrá
ley que frene la concentración económica.
A diferencia de diciembre de 2010,
cuando los senadores reservaron 11 de los 21 artículos propuestos
originalmente por los diputados, esta vez el proyecto fue procesado
en tan sólo 30 minutos con el aval de todos los grupos
parlamentarios.
La reforma fija el “carácter
sorpresivo” de las visitas de inspección de la Cofeco a empresas
presuntamente responsables de prácticas monopólicas.
Diputados aprueban ley
de acciones colectivas
El pleno de la Cámara de Diputados
aprobó con 398 a favor, cuatro en contra y seis abstenciones la
implementación de acciones colectivas que protegerán los derechos de
los consumidores, de manera individual y colectiva, en materia
económica, de servicios, financiera y ambiental.
La permisión de acciones colectivas
se envió directamente al Ejecutivo para su publicación, toda vez que
no se hicieron cambios a la minuta propuesta por el Senado de la
República.
Al fundamentar el dictamen, el
diputado Ildefonso Guajardo Villarreal, presidente de la Comisión de
Economía, explicó que la reforma permitirá que no todos tengan la
obligación de ir a un juicio cuando haya un daño ocasionado a
distintos individuos, pues tan sólo con que un grupo sea el que
promueva y gane un proceso en el que denunciaban un daño al medio
ambiente o al derecho del consumidor, dicha resolución
automáticamente favorece a todos aquellos individuos afectados.
"Eso reducirá los costos de
representación ante el Poder Judicial para poder proteger los
derechos al consumidor".
El presidente de la Comisión de
Justicia, Humberto Benítez Treviño, recordó que en julio de 2010 la
Cámara de Diputados reformó el artículo 17 constitucional, "que es
el parteaguas de las acciones colectivas, derechos difusos,
abstractos o derechos individuales homogéneos como se conocen".
Cumplen con los tiempos
La reforma establecía un término de
un año para expedir la
ley reglamentaria correspondiente que se logró concretar el día
de ayer.
Dijo que proceden las acciones
difusas cuando haya daños al medio ambiente y equilibrio ecológico,
se vulneren los derechos de los consumidores o derechos sujetos al
régimen fiscal.
"La diferencia entre los derechos
difusos y los derechos colectivos estriba en que en los derechos
difusos la sentencia del juez es restitutoria; en los derechos
colectivos, si no es dable la restitución del daño causado, se
repara el daño. ¿Quiénes pueden ser los titulares de estos derechos?
Las dependencias, las entidades federales y las asociaciones civiles
no lucrativas".
Al apoyar el dictamen, la diputada
María Antonieta Pérez (PAN) consideró que de manera responsable el
Congreso pone a disposición de los consumidores un instrumento
jurídico que les permite defender sus derechos.
"Desafortunadamente no hemos podido o
no hemos querido disminuir el impacto negativo en la economía
familiar, individual y de la sociedad que propician los monopolios y
las empresas dominantes, voraces la mayoría.
"Por lo menos hoy le estamos
otorgando a los mexicanos un instrumento básico de defensa. No es
una ley perfecta; sin embargo es perfectible", dijo.
El diputado del Partido del Trabajo,
Jaime Cárdenas, criticó el dictamen por limitarlo a las áreas
económica, financiera y ambiental.
"No se permiten acciones colectivas
por ejemplo en materia sindical o político-electoral; no se permiten
acciones colectivas en materia de derecho a la educación, a la
vivienda, a la salud. Es decir, casi los derechos sociales, los
derechos económicos y culturales están fuera de las acciones
colectivas que se plantean", señaló.
Los diputados avalaron la propuesta
enviada por el Senado de la República que aprueba un órgano
especializado en atender las acciones colectivas antes o hasta 18
meses después del consumo de un bien o servicio o de la resolución
de un juez.
Las entidades que podrán ejercer las
acciones colectivas serán instancias como las procuradurías Federal
del Consumidor, de Protección al Ambiente, de Protección y Defensa
de los Usuarios de Servicios Financieros y la Federal de
Competencia.
La reforma prevé procedimientos
civiles de competencia económica, de protección al consumidor,
equilibrio ecológico y servicios financieros, cuyas resoluciones en
favor de un ciudadano impactarán al resto de los que pudieran estar
involucrados.
Fuente
