REQUISITOS PARA
TRAMITAR EL TESTAMENTO
Tomar la decisión
de hacer el testamento le evitará problemas a sus seres queridos. En
este mes puede obtener un descuento de 50% en este trámite.
Desde hace varios años, el gobierno y la Asociación Nacional del
Notariado Mexicano, promueven el mes del testamento, cuyo propósito
es fomentar una mayor seguridad sobre el patrimonio de la población.
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de
los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), un testamento es
el medio con el que una persona expresa su voluntad sobre la
distribución de sus bienes una vez que falleció.
Este documento sirve para otorgar seguridad jurídica a los seres
queridos y evitar juicios de intestado que son costosos y se llevan
varios meses.
Alfredo Ruiz del Río, Notario 141 del Distrito Federal, destacó que
este instrumento jurídico se utiliza además, para nombrar a las
personas que deberán cuidar a los hijos menores ante la falta de los
padres. Incluso, se designa a un albacea que se encargará de
ejecutar la voluntad del testador.
Hace tres años, el Colegio de Notarios del Distrito Federal realizó
una encuesta y reveló que sólo 17% de las personas que cuentan con
la posibilidad de hacer el trámite de su testamento lo realizan.
“Por eso mismo, los juzgados están saturados de juicios intestados y
de conflictos familiares”, remarcó Ruiz del Río.
La Condusef y el Colegio de Notarios coincidieron que esta campaña
es una oportunidad relevante porque se busca promover que las
personas hagan un testamento. Explicó que aquellas personas que se
acerquen a las notarías contarán con la asesoría de un perito en
derecho.
“Hay mucha gente que piensa que los videos o grabaciones de audio
son testamentos y están en un error; también hay quienes escriben un
documento pero sin ningún valor legal, lo que genera incertidumbre a
los familiares”, agregó el especialista.
En consecuencia, lo que se brinda con esta campaña es asesoría para
que las personas resuelvan todas sus dudas sobre este procedimiento.
“El notario es quien redacta el testamento con base en lo que dicta
la voluntad del testador, sobre cómo quiere disponer de su
patrimonio con la adecuada terminología legal”, subrayó Ruiz del
Río.
La segunda ventaja, dijo, es que todas la notarías del país
ampliarán sus horarios y en algunos casos abrirán sábados y
domingos.
La tercera ventaja es el costo que durante todo septiembre se reduce
a 50%, “lo que hace más accesible el trámite”, destacó.
El precio promedio con este descuento oscila entre los 750 pesos y
mil 500 pesos dependiendo la entidad federativa de que se trate.
Según la Condusef, no hay homogeneidad en el precio del testamento,
ya que ello depende de la autoridad local, quien es la encargada de
imponer un gravamen y establece lo que se puede cobrar por servicios
notariales, en este caso por un testamento.
“Lo valioso de la campaña es que la Asociación del Notariado logró
esta reducción de la mitad en el costo”, explicó.
Este trámite lo puede hacer cualquier persona. El único requisito es
ser mayor de edad, no importa el estado civil o si tiene o no hijos.
La Condusef recalcó que la desventaja de no hacer un testamento es
que se propician conflictos familiares, ya que la ley suplanta la
voluntad de fallecido tomando como principio que los parientes más
cercanos excluyen a los más lejanos, por lo que la designación de
los bienes resulta un proceso más complejo y costoso.
Reiteró que la gente no debe de tener miedo de que lo que ahí se
ponga es definitivo, ya que este documento es revocable, ya que va
en función de los cambios de vida del testador, por lo que podrá
ajustar su última voluntad las veces que sean necesarias. Sin
embargo, recuerde que cada cambio tendrá un costo.
Ruiz del Río Prieto aclaró que un testamento sí se puede impugnar,
pero aclaró que si se lleva a cabo ante notario se cuenta con total
certeza. Precisó que son mínimos los casos en donde procede alguna
impugnación.
En México se tiene un concepto que se llama libre testamentifacción,
el cual especifica la libertad del testador de nombrar a quien él
desee como herederos y eso le da libertad y fortaleza al
testamento”, confirmó el notario. Aclaró que la ley no obliga a las
personas a realizar un testamento. “No es un deber sino una facultad
que le da la ley”.
Todas las personas mayores de 16 años que estén en pleno uso de sus
facultades mentales, pueden realizar este documento.
“Si el menor de edad aún no tiene bienes patrimoniales pero dice que
cuando los tenga se los heredará a sus hermanos, el testamento
causará efectos al fallecimiento del testador, con lo cual quedan
considerados todos los bienes y derechos que adquiera con
posterioridad a su fallecimiento.
En materia de testamentos la ley reduce la edad para ejercer este
derecho de 18 a 16 años.
Acercamiento con el notario
Las personas que estén interesadas en hacer su testamento, deben de
contactar a un notario. El programa aplica a nivel nacional y en la
página de la Asociación se encuentran los nombres domicilios o
teléfonos de todas las notarías.
No obstante, se requiere hacer una cita. Sólo se tiene que presentar
con una identificación oficial con fotografía, no necesita presentar
escrituras, actas ni otro documento, simplemente su identificación.
A su vez, el notario recabará cierta información para la redacción y
éste se otorgue después de la lectura en voz alta, con las firmas de
testador y de fedatario.
Algunas notarías cuentan con formatos que contienen información
general, la sugerencia es que se contacte vía telefónica para que
cada notaría lo instruya sobre horarios y procedimientos
específicos.
Pero si fallece intestado y todos los deudos están de acuerdo en la
repartición de bienes, podrán acudir ante un notario para que éste
haga el trámite y la distribución; el costo será similar al de un
testamento común y corriente inclusive si se tratare de bienes
inmuebles ya que el notario será el encargado de gestionar todo lo
referente a pago de derechos, impuestos etcétera.
Sin embargo, si no existe un testamento, se necesitará abrir un
juicio de sucesión intestamentaria citando a todos quienes se
sientan con derechos. La legislación establece que los cónyuges
concurren en la herencia recibiendo una parte proporcional igual a
la de los hijos, o bien si estuvieron casados por sociedad conyugal
tendrá derecho a 50% de la sociedad y el otro 50% se dividirá entre
todos los hijos en partes iguales, pero hay familiares lejanos que
pelean parte de la herencia.
Recomendaciones
• Acudir en pleno uso de sus facultades.
• Buscar al notario más cercano, aunque los costos varían por
entidad federativa.
• Es primordial hacer un inventario de todos sus bienes, que incluya
propiedades, joyas, autos, cuentas bancarias, obras de arte y otros
objetos.
• No hay que dejar pasar este trámite y aproveche los descuentos que
le ofrecen durante este mes.
• Se sugiere platicar con la familia sobre la repartición de los
bienes.
• Tome en cuenta que si está casado por sociedad coyungal una parte
será para su esposa o esposo.
• Si fallece intestado los hijos fuera del matrimonio tienen derecho
a reclamar parte de los bienes. Puede renovar o cambiar su
testamento cuantas veces sea necesario, pero tendrá un costo.
Hay poco interés por el trámite
En la capital del país sólo 20% de sus habitantes cuentan con un
testamento. De acuerdo con un documento de la Comisión del Notariado
de la Asamblea Legislativa, 53% de los inmuebles tienen escrituras.
En el análisis se detalló que la falta de interés por realizar este
trámite genera altos costos para la población al momento de
escriturar.
Se estima que la erogación puede significar hasta 45% del valor
catastral del inmueble.
El Colegio de Notarios detalló que las personas mayores de 55 años
son las que muestran más interés por realizar su testamento y sólo
4% de los jóvenes capitalinos, de entre 18 y 20 años, realizan este
trámite.
En México, hay varios tipos de testamentos dependiendo de factores
jurídicos, sociales y hasta especiales. Los testamentos en materia
civil se clasifican en dos grupos: ordinario y especial. Dentro del
ordinario se encuentran el testamento público abierto que es el que
se otorga ante notario público, de conformidad con las disposiciones
de las leyes de la materia.
El testamento público cerrado que puede ser escrito por el testador
o por otra persona a su petición. También está el testamento público
simplificado, que consiste en que en la misma escritura de
adquisición de un inmueble se especifica a los herederos y se
realiza ante notario público.
Otra modalidad es el llamado testamento ológrafo que se escribe de
puño y letra del testador, pero para que sea válido legalmente
deberá depositarse ante un fedatario.
Un testamento debe contener: el nombre de los herederos, quienes
serán los que tienen derecho a la totalidad de los bienes.
Los legatarios que son los que reciben algún bien específico.
Los sustitutos que son los que remplazan a los herederos y
legatarios en caso de fallecimiento de éstos y el albacea que es la
persona que administrará todos los bienes hasta que estos pasen a
manos de los herederos y legatarios. De acuerdo con notarios, si no
hizo su testamento y son varios los familiares que reclaman sus
bienes, el juicio intestamentario puede durar años, incluso, hasta
décadas.
Los problemas a los que se enfrentan los familiares son retrasos en
los juzgados, que incluyen dádivas a los secretarios y jueces que
llevan la causa familiar. Por ejemplo, además de los parientes en
primer grado como hijos y cónyuge, surgen sobrinos, padres,
hermanos. Mientras exista un juicio de sucesión no se podrán
disponer de los bienes pues la persona que se designe como albacea
será el responsable directo de éstos. Fuente
|
Compartir este articulo : | | | | |
¿CÓMO HACER UN TESTAMENTO?
¿PARA QUÉ HACER UN TESTAMENTO?
PASOS PARA HACER TU TESTAMENTO
ALGUIEN QUIERE LO QUE TU TIENES, ALGUIEN TIENE LO QUE
TU QUIERES.
- Como vender por Internet
- Como comprar por Internet
- Guías de compras (Lo que debes
saber antes de comprar)


|
|