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RENUNCIA A
DIRIGENCIA DEL PRI HUMBERTO MOREIRA
Humberto Moreira, presidente nacional del
PRI, dejó esta
mañana la
dirigencia del partido luego de que creciera la
polémica en torno a una
deuda de más de 34 mil millones de pesos
que dejó en el estado de Coahuila cuando fue
gobernador.
Moreira se reúne con dirigentes estatales del tricolor en
la sede nacional del
partido, que tendrá un plazo de 60 días para
convocar a su consejo político para elegir a quien deberá
sustituirlo.
Se conoció que Cristina Díaz será designada como nueva
presidenta interina del partido en tanto se cumple el proceso para
elegir al nuevo líder nacional del
Revolucionario Institucional.
Estatutos del PRI
De acuerdo con el artículo 164 de los estatutos del PRI, el
secretario general será quien ocupe la dirigencia del
partido
Artículo 164. En el caso que exista una ausencia temporal
justificada del Presidente o del Secretario General, el secretario
que corresponda, de acuerdo al orden de prelación prescrito en los
artículos 84, 121 y 132 de estos
Estatutos, ocupará el cargo.
En ausencia definitiva del
Presidente, el cargo lo ocupará el
Secretario General, quien convocará a elección en un plazo de 60
días al Consejo Político que corresponda, para que proceda a
realizar la elección del Presidente sustituto que deberá concluir el
período estatutario correspondiente.
En ausencia definitiva del Secretario General, el cargo lo ocupará
el secretario que corresponda, de
acuerdo al orden de prelación
prescrito en los artículos 84, 121 y 132 de estos Estatutos, y el
Presidente convocará en un plazo máximo de 60 días al
Consejo
Político correspondiente, para que proceda a realizar la elección
del Secretario General sustituto que deberá concluir el período
estatutario respectivo.
En ausencia simultánea del
Presidente y
Secretario
General, los
secretarios que correspondan de acuerdo al orden de prelación
prescrito en los artículos 84, 121 y 132 de estos Estatutos ocuparán
los cargos y en un plazo de 60 días convocarán al Consejo Político
que corresponda para que proceda a realizar la elección del
Presidente y el Secretario General sustitutos que deberán concluir
el período estatutario correspondiente. Fuente