DISCUTE EL SENADO
LEY DE MIGRACIÓN AL ESTILO ARIZONA
El Senado discutirá este martes
la Ley de Migración que contiene algunas disposiciones similares a
la Ley SB1070, conocida como Ley Arizona, criticada y rechazada el
año pasado por ONG y por los gobiernos de México y de Estados
Unidos, por ser violatoria de los derechos humanos.
La Ley de Migración contempla
sancionar con hasta mil días de salario mínimo a quienes den empleo
a migrantes indocumentados y ordena la deportación del extranjero
que realice actividades remuneradas sin tener permiso, uno de los
puntos más criticados de la Ley Arizona.
Contiene además sanciones para el particular que reciba en custodia
a un extranjero “y permita que se sustraiga del control del
Instituto”. Asimismo establece que los indocumentados podrán ser
retenidos en las estaciones migratorias hasta por 15 días.
También otorga facultades a la Policía Federal para realizar
“revisiones migratorias” y “asegurar” a los extranjeros que no
puedan comprobar su situación migratoria.
El pasado jueves, el dictamen de la Ley de Migración quedó en
primera lectura y se espera que este martes sea discutido por el
pleno del Senado.
El artículo 150 de esta nueva ley señala: “A cualquier particular
que reciba en custodia a un extranjero y permita que se sustraiga
del control del Instituto (Instituto Nacional de Migración) se le
sancionará con una multa de quinientos a dos mil días de salario
mínimo general vigente en el Distrito Federal”.
Mientras que el 151 dice: “Cuando el Instituto, derivado de sus
atribuciones de verificación migratoria, detecte extranjeros que no
acrediten su situación migratoria regular o que se ostenten con
documentación falsa, además de las acciones que procedan conforme a
esta ley en relación con dichos extranjeros, sancionará al empleador
con una multa de quinientos a mil días de salario mínimo general
vigente en el Distrito Federal”.
Esta ley pretende castigar con entre 100 y 500 días de salario
mínimo “al mexicano que contraiga matrimonio con un extranjero sólo
para que este último pueda radicar en el país”.
DEPORTACIONES. En su artículo 145, la nueva ley ordena la
deportación de todo “extranjero asegurado” que “se haya internado al
país sin la documentación requerida o por un lugar no autorizado
para el tránsito internacional de personas” y que “se encuentre
realizando actividades remuneradas sin tener permiso para ello”.
En este supuesto caerían los miles de migrantes indocumentados
centroamericanos que se internan al país todos los días por la
frontera sur.
Uno de los artículos que más polémica ocasionará es el 26, que
faculta a la Secretaría de Seguridad Pública federal, a través de la
Policía Federal, para “llevar a cabo revisiones migratorias en
lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de
personas, en coordinación con el Instituto Nacional de Migración”;
así como para “apoyar al Instituto a solicitud expresa de éste para
la práctica de visitas de verificación cuyo objeto sea comprobar el
cumplimiento de las disposiciones de esta ley, su reglamento y demás
disposiciones jurídicas aplicables”.
Precisa que el Instituto Nacional Migración no podrá realizar
visitas de verificación migratoria en los lugares donde se
encuentren migrantes albergados “por las organizaciones de la
sociedad civil legalmente constituidas, que realicen actos
humanitarios, de asistencia o de protección a los migrantes”.
Sin embargo, no especifica qué se entiende por “sociedad civil” ni
cómo obtienen las organizaciones el estatus de “legalmente
constituidas”.
La ley ordena a este instituto informar a las autoridades
relacionadas con la seguridad nacional cuando, durante las labores
de revisión y verificación, asegure o identifique a “sujetos de
riesgo, documentación falsa, vínculos con el terrorismo o la
delincuencia organizada, o cualquier otra actividad que ponga en
riesgo la Seguridad Nacional”.
ASEGURAMIENTO DE EXTRANJEROS. El artículo 100 de la ley que este
martes discutirá el pleno del Senado señala: “Es de orden público el
aseguramiento de los extranjeros en estaciones migratorias o en
lugares habilitados para ello, en tanto se determina su situación
migratoria en territorio nacional”.
La ley contempla la habilitación de estaciones migratorias como
espacios distintos a las cárceles, pero ordena que en ellos haya
“personal de seguridad, vigilancia y custodia”.
La iniciativa de la Ley de Migración fue presentada con el respaldo
de las bancadas del PRI, PAN y PRD en el Senado, aunque se espera
que de manera individual varios senadores del PRD se reserven
artículos para su discusión en lo particular. Fuente

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