CÓMO SACARLE PROVECHO
AL PAGO DE UTILIDADES
A partir
del 1 de mayo las empresas del país deben cumplir con el reparto.
Recomienda Profeco destinar el dinero para el pago deudas
Hay dos periodos en
el año que los empleados reciben ingresos extraordinarios: en
diciembre por el aguinaldo y en mayo por la participación de los
trabajadores a las utilidades (PTU) de la empresa en que laboran.
En México, 15.6 millones de trabajadores cuentan con esta
prestación, según informa la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
A partir del 1 de
mayo las empresas del país deberán cumplir con el reparto de las
utilidades generadas durante el ejercicio fiscal anterior.
De acuerdo con el
artículo 177 de la Ley Federal del Trabajo, deberán entregarse, en
porcentaje proporcional al tiempo laborado, 60 días después de
presentados los impuestos anuales por parte del patrón.
Ahora bien, la utilidad repartible, según la misma Ley, será
dividida en dos partes iguales:
* La primera se
repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en
consideración el número de días trabajados, independientemente del
monto de los salarios.
* La segunda, en
proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo
prestado durante el año.
¿PRIORIDAD? EL PAGO DE DEUDAS
Este dinero
recompensa un año de esfuerzo por ser mejor en el trabajo cotidiano,
por ello es conveniente que evites malgastarlo y trates de sacarle
el mayor provecho posible.
Para aprovechar tus
utilidades, Profeco propone que las dividas en tres partes no
iguales para destinarlas a los siguientes objetivos:
*
Liquidar deudas. Una parte de
nuestros ingresos se va a cubrir el pago de deudas, tanto capital
como intereses. Es por esto que si recibes utilidades las enfoques a
liquidar la deuda o, al menos, a reducirla a niveles que te permitan
contar con mayor liquidez: Es recomendable que el pago de tus deudas
no debe representar más del 25% de tu ingreso mensual.
*
Inversiones domésticas. Esta expresión se refiere a
darle mantenimiento a los bienes que integran tu patrimonio, por
ejemplo, la casa (impermeabilizarla o cambiar la instalación
eléctrica) o el coche (cambiar llantas o alguna compostura mayor)
* Diversión.
El gasto en viajes o algún desembolso de dinero con motivos de
recreación también son importantes, pero no deben ser motivo de
nuevas deudas que se nos dificulte pagar.
QUIÉNES TIENEN DERECHO...
* Trabajadores y ex trabajadores de
planta (por tiempo indeterminado) cualquiera que sea el número de
días que hayan laborado en el ejercicio fiscal del reparto.
* Trabajadores y ex trabajadores por
obra o tiempo determinado cuando hayan laborado un mínimo de 60 días
durante el año.
* Trabajadores de confianza, con la
limitante de que se considerará como tope el salario más alto que
perciba un trabajador sindicalizado o de base, más un 20 por ciento.
... Y QUIÉNES NO
* Directores, administradores y
gerentes generales de las empresas.
* Trabajadores domésticos.
* Personas físicas que sean
propietarias o copropietarias de una negociación.
* Profesionales, técnicos artesanos y
otros que en forma independiente prestan servicios a una empresa.
* Trabajadores eventuales cuando
hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.
DÓNDE RECLAMAR
Si la empresa tuvo
utilidades y no las entregó, el trabajador puede promover su pago
por conducto del sindicato que lo representa o directamente a la
Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo en los siguientes
teléfonos: 01800 911 7877 o 01800 717 2942.
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TU QUIERES.
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