LEY ANTISECUESTRO
DE FELIPE CALDERON
¿Qué
contiene su ley antisecuestro? Conoce los planteamientos de la
propuesta de Calderón que hoy recibirá entrada oficial en el
Senado. FCH envía propuesta de ley antisecuestro
MEXICO, D.F., febrero 18 (EL
UNIVERSAL).- El presidente Felipe Calderón envió al Senado una nueva
propuesta de ley antisecuestro, a la cual se dará entrada oficial en
la sesión de este jueves, y que contempla colocar dispositivos
electrónicos de localización y vigilancia a los secuestradores que
salgan de cárcel, después de purgar una condena, para prevenir
nuevas conductas delictivas
Propone también intervenir
comunicaciones privadas telefónicas, cuando así lo amerite la
investigación en torno a un secuestro y se justifique ante el
Ministerio Público, por lo que los concesionarios de servicios de
telecomunicaciones deberán proporcionar información de inmediato y
sin demora cuando les sea requerida e incluso, por órdenes de la
Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), suspender una
línea telefónica.
También incluye avalar las
"operaciones encubiertas", es decir, infiltrar agentes policiacos a
las organizaciones delictivas para conocer su operación y recurrir a
informantes anónimos, la protección de personas y apoyos a las
víctimas.
Propone además la prisión vitalicia
para los secuestradores que incurran en diversas actividades
delictivas.
También promueve permitir la
obtención de información anónima.
La reforma del presidente Calderón
incluye que las autoridades creen unidades especiales para prevenir
estos delitos.
Los jueces podrán embargar bienes de
los secuestradores cuando el producto, instrumentos u objetos
sancionados por la ley no sean localizados.
Con la reforma se busca además tener
más coordinación entre los tres órdenes de gobierno.
A quienes se hagan pasar por una
autoridad sin serlo para perpetrar un secuestro, y sus víctimas sean
menores de edad, embarazadas, mayores de 60 años o tengan
inferioridad física y mental, se le impondrán de 30 años a prisión
vitalicia, propone el Ejecutivo; además, se prevé de 40 años de
cárcel a prisión vitalicia para aquellos casos en los que la víctima
muera por cualquiera de los sujetos activos.
Endurece además las penas a los
servidores públicos y cuando se encarcele a un secuestrador se
propone que sea en una entidad distinta a en donde cometió el
delito.
El Ejecutivo establece en su
iniciativa distintas conductas delictivas en materia de secuestro,
como el secuestro exprés, la detención de una persona en calidad de
rehén, y la simulación de un secuestro, la intimidación y la
intermediación en una negociación de secuestro, entre otras.
La propuesta penaliza con mayor rigor
el encubrimiento y sanciona a servidores públicos que no coadyuven
con el Ministerio Público en estos ilícitos.
En la exposición de motivos, enviada
a través de la Secretaría de Gobernación (Segob), se señala que uno
de los retos de los tres órdenes de gobierno es el relativo a la
recopilación de información.
La iniciativa de decreto por el que
se expide la Ley general para prevenir y sancionar los delitos en
materia de secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo
73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Federal
de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, de la Ley
Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley Orgánica del
Poder Judicial de la Federación, de la Ley de la Policía Federal, de
la Ley Federal de Telecomunicaciones y de la Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública. -
Fuente
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